Marruecos y México: dos modelos de securitización migratoria en las fronteras de la globalización

Morocco and Mexico: two models of immigration securitization on the frontiers of globalization

 

Aldo Damián Ríos-Vargas

 

Correspondencia: darriva@live.com.mx/  Fecha de recepción: 14 de noviembre de 2014/ Fecha de aceptación: 10 de noviembre de 2015

 

Universidad de Granada. Instituto de Migraciones, Polígono Tecnológico Ogíjares, calle Zamora, Parcela 111-112, Ogíjares, Granada, España, 18151.

 

RESUMEN

La posición geopolítica de México y Marruecos como países frontera, entre el norte y el sur global, los ha vuelto dos países estratégicos, no solo por el intenso flujo transnacional de capitales provenientes de Estados Unidos y la Unión Europea; sino también como laboratorios donde se han implementado políticas transnacionales de seguridad, orientadas a contener las amenazas que pueden vulnerar el norte global. En el escenario regional, la política de seguridad migratoria que se vive en Marruecos y México, da cuenta de los procesos y relaciones geoeconómicas y políticas de corte transnacional entre el norte y sur global. En este trabajo se analizaron los efectos de la política de seguridad migratoria llevada a cabo en los últimos años en las fronteras México-Estados Unidos y Marruecos-España-Unión Europea, mostrando una tendencia común basada en la securitización y en el detrimento de las libertades y de los derechos de las poblaciones migrantes o refugiadas.

 

PALABRAS CLAVE: migración, fronteras, seguridad, globalización, geografía.

 

ABSTRACT

Mexico’s and Morocco’s geopolitical position of as border countries between the north and the global south has transformed them into two strategic countries for two main factors: the intense flux of transnational of capital from the United States and the European Union and their role as laboratories where multinationals have implemented security policies, aimed at containing threats that can undermine the global north. In the regional context, the immigration safety policies of that that are in place in Morocco and Mexico, enables us to outline the geoeconomic processes, transnational relations and transnational policies between the north and the global south. This research analyzed the effects of immigration safety policies implemented in recent years in the Mexico-US and Morocco-Spain-European Union borders. Results show a common trend based on securitization and the undermining of migrant and refugee population’s freedom and rights.

 

KEYWORDSmigration, border, securitization, globalization, geography.

 

 

 

INTRODUCCIÓN

La política de seguridad migratoria que se instrumenta hoy en día en la frontera hispano-marroquí y la frontera México-Estados Unidos, ejemplifica dos modelos transversalmente interconectados por una nueva idea de seguridad, a la que se denomina securitización, emanada de las transformaciones en la geografía del poder global. Este enfoque propuesto por los teóricos del neoliberalismo, como Arjun Appadurai, Saskia Sassen, Urlich Beck, o David Harvey, entre otros, han señalado desde la década de los noventa, que los cambios que experimenta la política y la economía a escala global, están trayendo como consecuencia la instrumentación de una política de seguridad nacional; la cual tiene efectos profundamente negativos en el fenómeno migratorio (Appadurai, 1996; Giddens y Hutton, 2001; Sassen 2001; Beck 2002; Harvey, 2005).

 

La política de seguridad migratoria es actualmente un proceso que está normando la vida al interior y exterior de los Estados-nación a través de mecanismos, lo suficientemente coercitivos, para contener incluso transnacionalmente los brotes o estallidos sociales (López, 2012; Anguiano, 2013; Naranjo, 2014). Es decir, se ha transnacionalizado (Izquierdo, 2012).

El objetivo de este trabajo fue comparar la política de seguridad nacional, que se implementa para atender el fenómeno migratorio en fronteras como la hispano-marroquí o la México-Estados Unidos, como resultado de un proceso largo, normado por la reconfiguración de las fuerzas económicas y políticas, tanto al interior como al exterior de los Estados, y que han moldeado la geografía del poder global, transformando al Estado, y reordenando a su vez los sistemas migratorios.

 

Frontera España-Marruecos

La política de seguridad migratoria en la frontera hispano-marroquí, está normada cuando menos por dos condicionantes. Por un lado, las transformaciones en las relaciones económicas entre España y la Unión Europea (en adelante UE) y Marruecos, resultado de la liberalización de la economía a escala regional-global, lo cual ha impulsado la emergencia de cadenas de valor y con ello la configuración de nuevos centros económicos que atraen y expulsan capitales, personas y sobre todo un empresariado transnacional. Los flujos de capitales que circulan a ambos lados de una frontera desregulada y fragmentada, como lo es la hispano-marroquí, refuerzan las tesis de una nueva geografía del poder, donde las cadenas de valor global y el poder de la empresa transnacional comienzan a normar la vida política y económica de los Estados y las naciones. Por otro lado y como parte de la emergencia de nuevos centros económicos, resultado de la dislocación de los procesos productivos a escala global, los flujos migratorios han cambiado en términos de sus causas, composición, comportamiento y densidad, modificando particularmente su dirección, obligando a los Estados a adecuar su política migratoria.

 

En el caso de los flujos migratorios que buscan ingresar a la UE vía la frontera hispano-marroquí, es necesario articular los procesos económicos y políticos, en un marco conceptual que trascienda su instrumentación localista y que articule otras regiones y países más allá de la frontera exterior de la UE. De este modo, en el ámbito de la normativa migratoria en la UE, se puede identificar al menos cuatro tipos de acuerdos marco (Parlamento Europeo, 2003): los que se firman al interior de los estados miembro que conforman geopolíticamente el espacio Schengen y a la vez a la UE; los acuerdos en materia migratoria entre los Estados miembros de la UE y los no pertenecientes al espacio Schengen; los acuerdos en materia migratoria entre los Estados no miembros de la UE pero si pertenecientes al espacio Schengen; los acuerdos en materia migratoria entre la UE y terceros países no pertenecientes al espacio Schengen y a la UE (Unión Europea, 2011).

 

Cada tipo de acuerdo está acompañado de un conjunto de instrumentos normativos mediante los cuales se regula la expedición de los diferentes tipos de visa que definen el estado migratorio del extranjero, tales como: inversionista, trabajador temporal, investigador, turista o refugiado; así como los tiempos de estancia, las libertades en el desplazamiento interno-externo, y por supuesto, las libertades, derechos y sanciones a las que se sujeta el inmigrante. Pese al amplio abanico de disposiciones que regulan la migración, en teoría existen criterios comunes que articulan transversalmente las normativas que regulan los flujos migratorios al interior-exterior de la UE y del espacio Schengen. Sin embargo, la aplicabilidad de dichas normativas no siempre se cumplen y en casos como la actual crisis de los refugiados sirios, se instrumentalizan dispositivos, que no solamente han mostrado las contradicciones y vacíos propios de los acuerdos marco, que regulan la actuación a nivel regional de los Estados miembro de la UE en materia de refugio; sino también, el papel de las propias dinámicas y coyunturas sociopolíticas que ponen al descubierto el actuar de instituciones, gobiernos e incluso empresas y sus implicaciones.

 

En el caso de España, al ser miembro de la UE y del espacio Schengen, su política migratoria está normada en principio por el convenio Schengen de 1986, que fija las pautas de la política migratoria de los países que lo integran. A ello se suman diversos tratados, como el de seguridad de Maastricht de 1992. Maastricht fue el primer tratado que unifica en “tres pilares” o ejes, la política y acuerdos de cooperación derivados del Tratado de la Unión Europea (TUE), para regular multilateralmente aspectos como, por ejemplo, la seguridad y la migración en un mismo marco. De este modo, la política de seguridad migratoria en la frontera hispano-marroquí queda vinculada al segundo y tercer pilar que abordan, de forma cooperativa, la política exterior y de seguridad común, facilitando la creación de la agencia europea de policía (EUROPOL) y la cooperación en los ámbitos de la justicia y de los asuntos de interior, resaltando los mecanismos de asilo y lucha contra la inmigración irregular (Unión Europea, 2015a). Sin embargo y como se señala en el párrafo introductorio de este apartado, la necesidad de incorporar una mirada descentrada transnacional, de la política de seguridad migratoria, derivó en el Tratado de Lisboa del 2009, dando paso a su vez al Enfoque Global de la Migración y la Movilidad (GAMM) que adoptara el Consejo Europeo en 2011, y por último la Agenda Europea de Migración de 2015, donde se contempla la articulación de una política migratoria más allá de las fronteras exteriores de la UE (Unión Europea, 2015b).

 

En el ámbito nacional, la política migratoria española se rige por la Ley de Extranjería del 2000 (Ley Orgánica 4/2000) y su reglamento (Real Decreto 557/2011). En los últimos 15 años, la Ley de Extranjería y su Reglamento han pasado por varias modificaciones vinculante, la mayoría de estas al tema de seguridad (Izquierdo, 2012). La última y que compete a este trabajo, es la que se vincula a la Ley de Seguridad Ciudadana promulgada en marzo de 2015, la cual crea un régimen especial en materia de política de seguridad migratoria para atender concretamente el caso de las fronteras de Ceuta y Melilla.

 

A diferencia de la frontera de México y Estados Unidos, la política de seguridad migratoria, en la frontera hispano-marroquí, entra en el escenario local, regional y global, tardíamente. Sin embargo y a partir de experiencias como la Ley de Reforma y Control de Inmigración (IRCA, por sus siglas en inglés), en Estados Unidos, la UE y el gobierno español, desarrollarán instrumentos similares al IRCA para regular los flujos migratorios desde su contratación hasta su retorno, vigilando minuciosamente al empleador, al inmigrante, así como los controles de admisión y retorno, siguiendo los acuerdos adoptados en Maastricht (Viladrich-Grau, 1998).

 

 

La nueva política migratoria de seguridad, emprendida a principios de la década de los noventa en la UE, respondía en buena medida, al reajuste en la geografía del poder, derivado de acontecimientos como la reunificación de Alemania y la caída del Muro de Berlín, la guerra en Medio Oriente y la inestabilidad en los Balcanes; derivando ello en una nueva configuración del sistema, el poder y la migración, tanto continental como extra-continental (Arango, 1993).

 

La geografía del poder, que comenzó a configurarse en la década de los noventa, aportó una nueva mirada sobre el impacto del neoliberalismo y sobre todo, la transnacionalización de las fuerzas económicas y políticas, que redibujan las líneas de dicha geografía del poder, permitiendo a su vez, por un lado, la emergencia de nuevos actores, como Marruecos, y por otro y quizá más relevante para este tema, la transición y consolidación del estado de seguridad, y con ello, una nueva narrativa y forma de instrumentalizar la política de seguridad migratoria (Appadurai, 1996; Ianni, 1996; Sassen, 1996; Bauman, 1999; Giddens y Hutton, 2001; Harvey, 2005; Ríos, 2014).

 

En los años subsecuentes al Tratado Maastricht (firmado en 1992), la política de seguridad migratoria, en la frontera hispano-marroquí, se mantuvo en un “estira y afloja” entre las diversas administraciones del gobierno español y el reino de Marruecos. Mientras que por un lado, el reino de Marruecos ha reclamado los enclaves ultramarinos de Ceuta y Melilla, así como los diversos islotes y callos aledaños, argumentando que dichos enclaves forman parte históricamente de su territorio (Ioé, 2001; Carballo-de-la-Riva, 2009; Mullor, 2011). Por otro lado, Ceuta y Melilla se erigen como espacios de oportunidades económicas, resultado de las excepciones fiscales que gozan dichos enclaves por ser declarados zonas francas.

 

La flexibilización de la política marroquí, frente a las economías de la UE, a través de los enclaves de Ceuta y Melilla, han hecho que este país, según la Oficina de Información Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del gobierno español, transite paulatinamente a una liberalización de su economía, con el objetivo de adaptarse a la Zona Libre de Comercio de la Unión Europea (Ministerio de Asuntos Exteriores, 2012: 2). La incorporación de la economía marroquí a una zona de libre comercio, ha sido acompañada también con una reforma en su política migratoria. Según las investigaciones de Belguendouz, la ley que regía los flujos migratorios databa de 1959 y no fue, según este autor, sino hasta el 2003 que se dio una reforma acorde a las exigencias de la UE, para controlar y administrar los flujos migratorios (Belguendouz, 2004). De este modo, los flujos migratorios que buscan entrar a la UE vía la frontera hispano-marroquí, serán ocupados como instrumento de negociación en el terreno de lo económico y lo político (González, 1996; Diao, 2006), trayendo con ello la transformación del paisaje de los enclaves extrapeninsulares, así como la construcción de un nuevo lenguaje en materia de seguridad que se ha extendido incluso más allá de Marruecos, alcanzando algunos países del África Occidental (o subsahariana), como Nigeria, Malí, Burkina Faso o Senegal. Mientras que Marruecos crece a un ritmo económico del 4.4 % (Oficina Económica y Comercial de España en Rabat, 2014: 20), los mecanismos de contención de los flujos migratorios han mantenido en un nivel bajo la presencia e intentos de “saltos a la valla” (intentos de trasgredir las medidas de contención), en los últimos años.

 

Se podría pensar que el uso, por ejemplo, de conceptos como control y seguridad, apela a hechos similares. Sin embargo, en términos de la política de seguridad migratoria en la frontera hispano-marroquí, su instrumentalización dista diametralmente de su significado. El control, contención, seguridad, administración y regulación, dan cuenta de prácticas concretas que estructuran transversalmente la política interna-externa de seguridad del Estado, como España en su frontera, ya sea a través del muro de contención de Melilla o Ceuta y sus concertinas (alambre de púas), pero también a través de un sistema más ampliado como es el caso de Frontex. Instancia creada por la UE para controlar las fronteras exteriores por ejemplo en aguas del Mediterráneo a través de embarcaciones, helicópteros, radares, entre otros. Para Ana María López Salas, la migración indocumentada recae en una política de contención, dado que lo que se busca, por ejemplo, a través de las vallas, es “contener el flujo migratorio”, siguiendo las metáforas hídricas (López, 2012: 4). Por ejemplo, las concertinas instaladas en los 8.2 km de perímetro de la valla de Ceuta en el 2005, no sólo son un recurso disuasivo; sino que al herir en algunos casos de gravedad a los inmigrantes que intentan saltar la valla, contienen in situ al migrante.

 

Carballo-de-la-Riva (2009), Mullor (2011), Izquierdo (2012) y Anguiano (2013), observaron que los flujos de migrantes no necesariamente indocumentados no recaen en una política de contención, sino en una política de regulación; es decir, en un proceso administrativo. Esta forma de política migratoria queda más clara en la expedición o negación de visados y solicitudes de asilo por ejemplo. Un punto intermedio entre ambas, lo aporta la idea de la política de control, la cual recae en una condición administrativo-policial, a la cual se adscriben Hollifield (2000), Morcillo (2011) y Soriano y Rico (2012).

 

En este eje de la política de control, el papel policíaco de contención, se amalgama al papel administrativo-burocrático. En este ensamble, el papel de los espacios es cardinal, ya que cada uno está circunscrito a un territorio definido (el policía a la frontera y el burócrata a las oficinas de extranjería). Es el caso de las devoluciones en caliente llevadas a cabo entre el gobierno español y Marruecos, en las cuales intervienen tanto cuerpos policiacos, administrativos, así como la basta infraestructura instalada en la vallas para frenar el acceso de los inmigrantes.

 

Por último y no menos importante, es el concepto de securitización. La securitización es la amalgama entre la política de seguridad migratoria y su práctica (Naranjo, 2014: 24). La securitización ve en la inmigración un riesgo a la seguridad nacional, lo que le permite al Estado tomar medidas extraordinarias para su control (Arango, 2011). Este concepto no supone una nueva tendencia y orientación política, sino un reforzamiento de las dinámicas que han acompañado el proceso de construcción europea y sobre todo encierra el papel transnacional de la política de seguridad migratoria. El ejemplo más idóneo es la creación de Frontex en el 2004, como la agencia que coadyuva y coordina los cuerpos policiales de los países miembros de la UE (Fernández, 2008: 9; Naranjo, 2014).

 

La securitización, como política migratoria de corte transnacional, se estructura a partir de la noción de “riesgo” y con ello la generación de sentimientos hostiles hacia la migración (Arango 2011: 54). El riesgo para Fernández (2008) y Naranjo (2014), articula transversalmente los mecanismos de contención, particularmente los policiales y los administrativos de la regulación. De este modo, la securitización como política migratoria, responda a una nueva forma de atender a la migración, a partir de descentrarla de las vertientes clásicas, que la colocan como hecho económico, para recolocarla en el campo del riesgo real, latente o potencial. En síntesis, la migración se vuelve una “nueva amenaza”, y para ello se necesita una mejor tecnología para su control. Radares, cámaras térmicas, de movimiento e infrarrojas, concertinas en las vallas, mallas anti-trepa y una innumerable cantidad de recursos tanto humanos y tecnológicos.

Esta nueva conceptualización de la política de seguridad migratoria, en buena medida responde al reajuste en la geografía del poder descrita en párrafos más arriba. Sin embargo, habría que añadir un nuevo ingrediente, como lo fueron los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2011 en Estados Unidos y del 11 de marzo de 2004 en España para afianzar su instrumentalización en fronteras, no solo como la hispano-marroquí; sino también, en fronteras como la de México-Estados Unidos. Independientemente de las lecturas del 11 de septiembre de 2001 y del 11 de marzo de 2004, la noción y sentido de riesgo que se le ha asociado a la migración en los últimos 15 años, ha despertado, para fraseando a Tello (2011): “sentimientos hostiles”, que trayendo de nuevo a Joaquín Arango (2011) y Naranjo (2014), su concepto de securitización, se vuelven un recurso que legitima por ejemplo las disposiciones especiales de Ley de Seguridad Ciudadana, para atender en lo particular las fronteras de Ceuta y Melilla.

 

Uno de los ejemplos más claros de lo anterior, es la postura del gobierno español frente a los refugiados sirios. Mientras que por un lado, se habla de atender a aproximadamente 15 000 refugiados sirios, en la frontera hispano-marroquí se refuerzan los controles migratorios, entre el reino de Marruecos y el gobierno español, para contener particularmente a los inmigrantes subsaharianos. Sobra decir, que la creación de sentimientos hostiles hacia las poblaciones de inmigrantes o refugiados, en buena medida se sustentan en la exacerbación de los miedos. En el siguiente apartado correspondiente a la frontera de México-Estados Unidos, se explora la exacerbación de los miedos como instrumento de la política de seguridad migratoria.

 

Frontera Estados Unidos-México

El 15 de mayo de 2006, en horario estelar, el presidente George Bush anunciaba la “militarización” de la frontera con México, a través del despliegue de la Guardia Nacional, la cual reforzaría los trabajos de la Patrulla Fronteriza (Agencia EFE, 2006). No era la primera vez que Estados Unidos desplegaba un cuerpo militar a la frontera de México, pero si fue la primera vez que dicho despliegue respondió al fenómeno migratorio.

 

La militarización de la frontera, a partir del 2006, no solo ha supuesto un cambio de las políticas clásicas de migración del gobierno estadounidense; sino un nuevo cambio cualitativo, particularmente en la resignificación del migrante, el cual ha pasado de ser la imagen clásica del migrante económico, a la imagen del posible terrorista (Fernández, 2006: 2). Si bien la política migratoria de los Estados Unidos, siguiendo a Massey y col. (2009), se había mantenido en los marcos de la economía y la ideología; en los últimos 15 años, se ha dado una gradual transición a un modelo basado en priorizar la seguridad nacional, a través del uso intensivo y extensivo de cuerpos policiales, sobre aspectos como los derechos de los migrantes (Massey y Pren, 2013). Este cambio en la política migratoria de los Estados Unidos no fue un hecho fortuito. Tras los atentados terroristas del 11-s, se aceleró la promulgación de políticas de seguridad migratoria orientadas hacia la securitización de la frontera y sobre todo la criminalización del migrante. El Acta Patriótica (Patriot Act), solo fue el inicio de una serie de disposiciones normativas, emanadas del gobierno estadounidense, a las que se fueron articulando, a lo largo de los subsecuentes años, una serie de instrumentos, particularmente bilaterales con México, para contener los flujos migratorios en la frontera sur de los Estados Unidos. De este modo, tras la entrada en vigor de el Acta Patriótica a finales del 2001, se firmaron acuerdos con México en materia de seguridad, como el Plan Sur de 2001-2003, El Grupo de Alto Nivel y Seguridad Fronteriza (GANSEF), creado en el 2002, la Alianza para la Seguridad y Prosperidad de América del Norte (ASPAN), creada en el 2005, hasta La Iniciativa Mérida o Plan Mérida del 2009 (INCEDES, 2009), el cual ha derivado en el Plan Frontera Sur 2014, llevado a cabo en la frontera de México-Guatemala, con acciones a lo largo de los corredores migratorios ocupados por los centroamericanos (Ríos, 2014).

 

La última vez que el gobierno de los Estados Unidos vio amenazada su seguridad fue a principios de la década de los sesenta, tras la crisis de los misiles en Cuba. La crisis de los misiles dio paso a lo que en las subsecuentes décadas sería llamada “la política de contención”, que según su autor, George F. Kennan, consiste básicamente en aislar y contener, dentro de las fronteras de los Estados, los riesgos o las amenazas que atentaran contra la estabilidad de los Estados Unidos. Este tipo de medidas giran en torno al diseño de una política que responda y actúe paciente y a largo plazo, en torno a las tendencias desestabilizadoras provenientes de cualquier fenómeno o sujetos, que atenten contra el Estado, para lo cual, éste tiene que actuar de una forma cabal y vigilante, que derive en un determinado momento en la aplicación de la fuerza de contención en una serie de puntos geográficos, económicos, políticos e ideológicos, que corresponda al actuar de los fenómenos o sujetos (Parente-Rodríguez, 2005: 7).

 

La promulgación de el Acta Patriótica, significa la reactivación, 40 años después, de una política ensayada en tiempos de la Guerra Fría. Pero ¿puede esta política de seguridad en materia migratoria llevada a cabo por el gobierno de Estados Unidos en su frontera sur con México, responder al igual que en España, a la emergencia y efectos de estos nuevos espacios de poder?

 

Por otra parte, y a diferencia de las políticas de seguridad migratorias, implementadas por España en la frontera hispano-marroquí, en Estados Unidos ha habido una larga tradición de políticas restrictivas, las cuales, sin embargo, se incrementaron desde la década de los noventa, teniendo un punto de inflexión en el 2001 y una aceleración en los últimos 15 años (Massey y Pren, 2013). Un ejemplo que clarifica la aceleración en los últimos 15 años, lo aporta una encuesta llevada a cabo en el año 2006, en la cual la mitad de los adultos estadounidenses opinaba que «los inmigrantes eran una amenaza para los valores del país» y que «la población debía estar protegida para enfrentarse a la influencia extranjera», mientras que, en el año 2000, únicamente el 38 % de la población pensaba que los inmigrantes eran “una carga para el país” (Massey y Pren, 2013: 211).

 

Los argumentos aportados por Massey y Pren (2013), invitan a pensar, que la ideología es un instrumento de tal poder que norma, o cuando menos inspira, la promulgación de las políticas de seguridad migratoria de Estados Unidos; sin embargo, ello elimina dos hechos a considerar. El primero es que para la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en su informe 2013, el corredor migratorio México-Estados Unidos es el primer corredor migratorio a nivel mundial. Se estima que su flujo representa el 6 % del total a nivel mundial (12.2 millones de inmigrantes anualmente) (OIM, 2013). El segundo aspecto tiene que ver con la desaceleración económica y la pérdida del empleo. La tasa de desempleo según el CIA World Factbook, se situó en el 6.2 % (CIA, 2015).

 

El estancamiento de la economía estadounidense tuvo efectos negativos, tanto para la creación de nuevos empleos donde se inserten los inmigrantes, como en la agudización de las políticas de seguridad migratorias. Para el Pew Hispanic Center (PHC), en los últimos años, los flujos inmigratorios hacia Estados Unidos no solo se han estancado, sino incluso han decrecido (Brown y Stepler, 2013). El decrecimiento del flujo inmigratorio, por ejemplo, en el caso de los mexicanos, según Durand, se debe a la débil situación económica de Estados Unidos, al incremento de los controles de seguridad en las fronteras y a la estabilidad en la economía mexicana (Durand, 2011).

La desaceleración económica de los Estados Unidos fue un factor determinante para justificar la política de seguridad migratoria en su frontera sur, confirmando con ellos las tesis de Sassen, Appadurai o Harvey expuestas en el apartado anterior, vinculando a la economía con la nueva política de securitización de la migración. Por otra parte, la nueva geografía económica y política a nivel mundial, permitió descentrar hasta cierto punto, el monopolio del poder político-económico de Estados Unidos, obligando a que este permita una mayor participación de las nuevas fuerzas, tanto estatales como supraestatales, en el escenario global. Sin embargo, aunque la economía de los Estados Unidos perdió su monopolio en el plano internacional, su injerencia política se afianzó más allá de sus fronteras. Es decir, se ha transnacionalizado su política de seguridad. Bajo este argumento, se ha construido la idea de un “México como país frontera o país tapón” (Marrujo, 2001; Villafuerte, 2006; Rojas, 2007; Massey y col., 2009). Sus efectos han sido por demás lamentables. Las constantes violaciones a los derechos de los migrantes, particularmente los de los centroamericanos, ha hecho que en no más de una ocasión al gobierno mexicano se le cuestione por parte de instancias internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos o El Alto Comisionado para los Derechos Humanos, ya sea por su omisión o pasividad para atender y resolver casos como el de la masacre de los 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas, México.

 

De este modo, la política de seguridad migratoria, materializada en la contención transnacional, ha redibujado el mapa de la migración en México y en sus fronteras, particularmente en la frontera con Estados Unidos; pero también ha derivado en un sistema de relaciones y prácticas transnacionales, llegando a abrir un debate no solo sobre la soberanía del Estado mexicano, sino el papel presente y futuro de la migración, tanto a nivel de lo local-regional, como a nivel de lo global (Martínez-de-la-Peña, 2007; Ríos, 2014).

 

En pleno 2015, la política de seguridad migratoria, en la frontera de México con Estados Unidos, ha alcanzado un nivel complejo y alarmante. Mientras que la administración de Barack Obama espera a que se apruebe una reforma migratoria que beneficiaría a casi 11 millones de indocumentados, las expulsiones de los denominados “dreamers”, van acompañadas de las declaraciones del precandidato republicano Donald Trump, quien haciendo uso de la narrativa de contención, creada desde la década de los sesenta, exacerba y polariza los sentimientos más profundos de una nación, que se fragmenta en torno a construcciones ideológicas basadas en la cultura, la etnia o la “raza”.

 

La postura en materia de política de seguridad migratoria del precandidato republicano Donald Trump no es nueva. Ha sido una política instrumentalizada desde la década de los veinte del siglo pasado, tal y como lo ha venido señalando Massey y Sánchez (2010). No muy distinto al caso español, el poder ideológico-mediático, en torno a la exacerbación de los miedos, acompañado por una visible falta de memoria histórica, hacen que la postura del precandidato a la presidencia de los Estados Unidos, sea para algunos sectores, algo novedoso e incluso necesario, para salir de un problema estructural, como lo es la recesión económica por la que atraviesa el país. Declaraciones como: “Colocaré un gran muro en la frontera sur de Estados Unidos”, no es precisamente una idea nueva, si por ejemplo, se mira hacia la frontera hispano-marroquí; sin embargo, si es la cristalización no solo de una política de contención, sino de un sentimiento arraigado en las memorias más conservadoras del pueblo estadounidense.

 

CONCLUSIONES

La nueva geografía del poder político y económico está redibujando el papel de las fronteras internacionales, y eso a su vez, el nuevo orden global. Los efectos de esta nueva geografía del poder se recienten, con mayor intensidad en el tema de los Derechos Humanos. Casos como Marruecos y México, ejemplifican los efectos de una política de seguridad que ha tendido a criminalizar al migrante indocumentado y a su migración. En el caso de la frontera hispano-marroquí, los migrantes subsaharianos (por ejemplo), no cuentan con mecanismos reales para su protección ante políticas de seguridad migratoria, como “la devolución en caliente”, llevada a cabo por el gobierno español y marroquí. Del otro lado del Atlántico, la política de contención transnacional diseñada por el gobierno estadounidense y llevada a cabo en México, a partir de la reactivación del Plan frontera Sur, está agravando la crisis humanitaria que viven los migrantes a lo largo de las rutas migratorias. De este modo, la nueva política de seguridad migratoria en ambos lados del Atlántico, está mostrando un deterioro progresivo de los Derechos Humanos en pro de la seguridad y la estabilidad político-económica nacional y regional.

 

REFERENCIAS

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