Juicios orales en la constitución mexicana

Autores/as

  • Gustavo Rueda-Hernández Unidad Académica de Derecho y Ciencias Sociales “Lic. Francisco Hernández García”, UAT.

Palabras clave:

Constitución, juicios orales, proceso penal, juez de control.

Resumen

Los Juicios Orales nacen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el 19 de junio de 2008, en virtud de haberse reformado diversos artículos relacionados con el sistema penal integral; sin embargo, el nuevo modelo de sistema procesal penal acusatorio entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años, contados a partir de la fecha antes mencionada.

Descargas

Publicado

2009-06-30

Cómo citar

Rueda-Hernández, G. (2009). Juicios orales en la constitución mexicana. CienciaUAT, 3(4), 20–24. Recuperado a partir de https://revistaciencia.uat.edu.mx/index.php/CienciaUAT/article/view/383

Número

Sección

Ciencias Sociales

Artículos similares

<< < 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 > >> 

También puede Iniciar una búsqueda de similitud avanzada para este artículo.